Novedades fiscales

El gobierno con la entrada del nuevo año, introduce una serie de modificaciones tributarias, las más relevantes son las siguientes:

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

Se introduce un gravamen complementario a la cuota integra estatal que resultará de aplicación en los periodos impositivos.

Este gravamen se determinará aplicando la siguiente escala:

Base liquidable general
Hasta Euros
Incremento en cuota íntegra estatal EurosResto de base liquidable general
Hasta Euros
Tipo aplicable – Porcentaje
0,000,0017.707,200,75
17.707,20132,8015.300,002,00
33.007,20438,8020.400,003,00
53.407,201.050,8066.593,004,00
120.000,203.714,5255.000,005,00
175.000,206.464,52125.000,006,00
300.000,2013.964,52En adelante7,00
De acuerdo con lo anterior, y sin perjuicio de los tipos que pudieran aplicar las distintas Comunidades Autónomas dentro de las competencias que tienen asignada, esta modificación supone un incremento del tipo marginal máximo del gravamen del IRPF de hasta el 52%, que en Catalunya llega hasta el 56%.
La fiscalidad de las rentas del ahorro queda de la siguiente manera:
  • Las ganancias hasta 6.000 tributan al 21%
  • A partir de 6.000 euros y hasta 24.000 tributan un 25%
  • A partir de 24.000 euros tendrán un tipo de gravamen del 27%
Se incrementa el porcentaje de retención que se aplica a las rentas derivadas de los alquileres, pasando del 19% al 21%.
Se incrementa el porcentaje de retención que se aplica a las rentas del ahorro (intereses y dividendos), pasando del actual 19v al 21%.
Se reinstaura la deducción por adquisición de vivienda habitual, con efectos retroactivos desde el 1 de enero del 2011.

A continuación se presenta un cuadro comparativo, a modo de resumen, entre las retenciones vigentes en el 2011 y las establecidas para los ejercicios 2012 y 2013:

Retenciones o ingresos a cuenta2012 – 20132011 (anterior)
Por arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos (alquileres)21%19%
Rendimientos de actividades profesionales (abogados, arquitectos, asesores, etc.)15%15%
Rendimientos del capital mobiliario (intereses)21%19%
Ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolso de acciones y participaciones de IIC21%19%
Rendimientos de la propiedad intelectual, industrial, de la prestación de asistencia técnica y cesión del derecho a la explotación del derecho de imagen21%19%
Rendimientos del trabajo por la condición de administradores y miembros de los consejos de administración42%35%
Impuesto sobre el Valor Añadido:
Se prorroga la aplicación del IVA reducido del 4% para las entregas de viviendas nuevas, durante todo el 2012.
Impuesto sobre Sociedades:
Se mantiene para el ejercicio 2012, el tipo de gravamen reducido por el mantenimiento o creación de empleo.
Otros impuestos:

Se reintroduce el Impuesto sobre el Patrimonio para el ejercicio 2011, de manera que ya se deberá presentar en Junio del 2012. Se establece un mínimo exento de 700.000 €.

Para los ejercicios 2012 y 2013 se aprueba un incremento del tipo de gravamen del IBI que puede llegar a ser de un 10% para los inmuebles con revisión catastral anterior al 2002.

En la presentación de la declaración de Operaciones con Terceras Personas (modelo 347), se introducen una serie de novedades. Las modificaciones se detallan a continuación:
  • La presentación continuará siendo en una única declaración anual, pero la información de los importes de las operaciones se tendrá que realizar desglosada por cada trimestre, manteniéndose el limite mínimo de declaración en 3.005,06 €, por cada año y operador.
  • El plazo de presentación se mantiene a 31 de marzo, para la declaración del 2011, que se presentará en 2012; pero se modifica a 28 de febrero, para la declaración de operaciones del 2012 y del 2013.
  • Se exonera de la presentación del modelo 347, a los que estén inscritos en el régimen de devolución mensual del IVA.
  • A partir del ejercicio 2014, todas las empresas deberán presentar los libros registros de facturas, tanto emitidas como recibidas, de forma telemática junto con la  autoliquidación trimestral del IVA.