Los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona vuelven a unificar criterios sobre distintas materias en materia concursal, tanto de empresas como de personas físicas.

Una vez más, y en esto se han significado desde sus inicios, los magistrados y letrados de la administración de justicia de todos los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona han publicado una nota sobre acuerdos de unificación de criterios sobre distintas cuestiones de orden procesal en materia concursal.

En esta ocasión, los criterios de unificación versan sobre las siguientes materias:

– Situaciones de concurso de persona física sin masa: en esta materia, los Juzgados establecen una serie de criterios para tratar materias tales como la valoración de los activos, nombramiento o no de administrador concursal, publicidad o no del procedimiento concursal, etc. También se ha generado un formulario que se deberá cumplimentar en esas situaciones.

– Preparación y venta de unidades productivas en sede concursal: se establecen unas reglas para llevar a cabo dichas ventas, tales como el requisito previo de mantener la actividad, acreditación del interés de los acreedores, publicidad y confidencialidad de dichos procesos, ponderación de derechos de adquisición preferentes, régimen de recursos, o reglas, principios y garantías en los procesos de pre-pack concursal.

– Procesos para microempresas: se fijan los ámbitos de aplicación de dichos procesos, las situaciones de concurso sin masa de microempresas, situaciones de existencia de un solo acreedor, tratamiento de la situación de los trabajadores con contrato de trabajo en vigor, etc.

Como ya se ha dicho, no es la primera vez que los magistrados y letrados de la administración de justicia publican acuerdos de unificación de criterios en materias muchas veces complejas, sobre todo tras modificaciones normativas cuya aplicación inicial pueda haber provocado confusiones o distintas interpretaciones.

Más allá de que se puedan compartir o no esos criterios, no deja de ser agradecido por parte de los operadores jurídicos contar con unos criterios que cuanto menos ofrecerán una mayor seguridad jurídica a nuestros clientes.

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