Plazos legales de pago a proveedores

El Estado ha establecido una serie de medidas, para luchar contra la morosidad en las operaciones comerciales, entre ellas están los plazos legales de pago a proveedores.

Con carácter general, se debe realizar el pago de las facturas a proveedores dentro de los 60 días siguientes, a la recepción de la mercancía o la prestación del servicio. Este plazo de pago no podrá ser ampliado por acuerdo entre partes.

Las empresas que vinieran pactando plazos de pago superiores a los 60 días, dispondrán de un tiempo para ajustarse al nuevo plazo legal establecido, siguiendo el calendario siguiente:

  • Hasta el 31 de diciembre del 2011: 85 días.
  • Durante el año 2012: 75 días.
  • A partir del 1 de enero del 2013: 60 días.

Cabe remarcar que el pago a proveedores en el caso de productos de alimentación frescos y perecederos, el plazo máximo legal de pago es de 30 días.

El proveedor tendrá que hacer llegar la factura al cliente, en el plazo de 30 días desde la recepción de la mercancía o la prestación del servicio.

En el caso de que de que se incurriese en mora, el proveedor tendrá derecho a reclamar una indemnización por todos los costes de cobro debidamente acreditados; en el caso de que la deuda sea superior a 30.000 euros, se fija un límite del 15% sobre la cuantía de la deuda. El deudor no estará obligado a pagar la indemnización cuando no sea responsable del retraso en el pago.

Otra de las medidas tomadas, es que las empresas tendrán el deber de publicar los plazos de pagos a sus proveedores, en la Memoria de las cuentas anuales.

La información que se tendrá que facilitar, tanto para el ejercicio de presentación de cuentas como en el anterior, es la siguiente:

  • El importe y el porcentaje de pagos sobre el total que se han realizado dentro del plazo máximo legal establecido.
  • El importe y el porcentaje de pagos sobre el total que se hayan realizado fuera del plazo legal.
  • El plazo medio ponderado excedido.
  • El saldo pendiente de pago a proveedores al final del ejercicio que excedan el plazo legal de pago.

En el caso de que la empresa opte por el modelo abreviado del Plan General Contable, o por el Plan General Contabilidad de Pequeña y Medianas Empresas, la información que se incluirá es la siguiente:

  • El importe y el porcentaje de pagos sobre el total que se han realizado dentro del plazo máximo legal establecido.
  • El importe y el porcentaje de pagos sobre el total que se hayan realizado fuera del plazo legal.
  • El saldo pendiente de pago a proveedores al final del ejercicio que excedan el plazo legal de pago.

No obstante, para las cuentas anuales del ejercicio 2010, solamente se tendrá que informar del saldo total de proveedores pendiente fuera del plazo legal, sin entrar a especificar la información detallada con anterioridad, así como tampoco realizar la comparativa con el ejercicio anterior.