RECORDATORIO BONIFICACIONES EN IRPF DE LOS ALQUILERES

La reducción en 2024 para los contratos celebrados a partir del 1 de enero de 2024 y para los celebrados desde el 26 de mayo de 2023 al 31 de diciembre de 2023, será la siguiente:

  • 50% con carácter general.
  • 90% cuando se haya formalizado por el mismo arrendador un nuevo contrato de arrendamiento sobre una vivienda situada en zonas de mercado residencial tensionado, con una reducción en la renta de al menos un 5% sobre el contrato anterior.
  • 70% cuando, no cumpliéndose los requisitos de la letra anterior, se trate de la incorporación al mercado de viviendas destinadas al alquiler en zonas de mercado residencial tensionado y se alquilen a jóvenes de entre 18 y 35 años. También cuando se trate de vivienda asequible incentivada o protegida, arrendada a la administración pública o entidades del tercer sector o de la economía social que tengan la condición de entidades sin fines lucrativos, o acogida a algún programa público de vivienda que limite la renta del alquiler.
  • 60% cuando, no cumpliéndose los requisitos de las letras anteriores, la vivienda hubiera sido objeto de una actuación de rehabilitación que hubiera finalizado en los dos años anteriores a la fecha de celebración del contrato.

Para los contratos de arrendamiento celebrados con anterioridad al 26 de mayo de 2023, seguirán aplicando en 2024 la reducción del 60% vigente hasta el 31/12/2023.

Esta es una nota meramente informativa, para más información relativa a comprobaciones, inspecciones de hacienda y delito fiscal pueden ponerse en contacto con nosotros, y atenderemos todas las dudas y cuestiones que le puedan surgir.

Interasesores Abogados y Economistas